La compra de una actividad a la página web capamarbcn.com, propiedad de Cap a Mar, implica la formalización de un contrato. Este contrato incluye una serie de condiciones generales que se detallan a continuación y que son aceptadas en el momento que se efectúa la compra.
A.- EL BILLETE
1.- Disposiciones generales
1.1.- Sólo se transportará al pasajero el nombre del cual figure en el correo electrónico de confirmación de la actividad (a partir de ahora llamado billete) a quien se le puede solicitar que presente la identificación correspondiente (Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o equivalente).
1.2.- El billete es intransferible.
1.3.- Algunos billetes se venden a precios con descuentos, que pueden ser parcial o totalmente no reembolsables.
1.4.- En todo momento el billete es propiedad del transportista que lo emite.
1.5.- Los pasajeros no tendrán derecho a ser transportados si el billete está dañado o ha sido modificado.
1.6.- En caso de pérdida o de daño de un billete (o de parte de él) por parte del pasajero o que este no presente un billete que contenga el cupón de pasajero y todos los cupones de la excursión o actividad sin haber sido usados, Cap a Mar, a solicitud del cliente, sustituirá este billete (o parte de él) emitiendo uno de nuevo siempre que existan pruebas, presentadas convenientemente, que un billete válido para la excursión o actividad en cuestión que fue comprado.
1.7.- Cuando no se disponga de estas pruebas o cuando el pasajero no firme este acuerdo para proceder a la sustitución del billete, la empresa que lo emite puede solicitar al pasajero que pague el precio total del billete de la actividad, acogiéndose al derecho a reembolso siempre que la empresa que ha emitido el billete original acepte que el billete perdido o mutilado no ha sido utilizado antes del vencimiento de su validez o en caso de que el pasajero encuentre el billete original antes del vencimiento de su validez.
1.8.- Un billete es un objeto de valor y el pasajero tiene que tomar las medidas adecuadas para conservarlo y asegurarse que no se pierda ni se lo roben.
2.- Validez del billete
2.1.- El billete solamente es válido desde la fecha de emisión hasta el día de la excursión o actividad contratada.
2.2.- El billete que ha comprado solo es válido para la excursión o actividad que se indica en el mismo.
2.3.- En caso de que el pasajero desee modificar algún aspecto, previamente tiene que ponerse en contacto con Cap a Mar a través de www.capamarbcn.com. Se calculará la tarifa para la nueva excursión o actividad y se dará al pasajero la opción de aceptar el nuevo importe o de mantener la compra original tal como figuraba en el billete.
2.4.- El pasajero tiene que ser consciente que, mientras algunos tipos de modificación no se traducirán en un cambio de la tarifa, otros pueden traducirse en un aumento del precio. Muchas tarifas sólo son válidas en las fechas y actividades que se indican en el billete y en ningún caso pueden modificarse; en caso de que se modifiquen, tendrá que pagarse una suma adicional.
2.5.- El pasajero tiene que saber que en caso de que no se presente a la hora indicada para la excursión o actividad no se reembolsará el importe del billete.
2.6- El pasajero tiene que saber que en el caso de querer devolver antes de la finalización de trayecto que figura en el billete, tendrá que pagarse una suma adicional correspondiente a las pérdidas económicas generadas a la embarcación de pesca.
3.- Precio y adquisición del billete
3.1- La adquisición del billete se realizará a través de la página www.capamarbcn.com de tal manera que la venta, reserva y cobro a la tarjeta de crédito o débito o PayPal se realizarán de manera simultánea.
3.2.- Las formas de pago admitidas son por tarjeta de crédito o de débito y PayPal.
3.3.- En el momento de la compra del billete, el pasajero será notificado por correo electrónico de la hora programada de la excursión, así como las características del producto o actividad que acaba de contratar.
3.4- El correo de confirmación de la compra tendrá validez llena como billete y podrá presentarse en cualquier apoyo cuando sea requerido.
3.5- El precio se aplica sólo a la excursión o actividad contratada, salvo que se indique otra cosa. El precio no incluye otros servicios adicionales que se puedan ofrecer en el transcurso de la excursión o actividad contratada.
3.6- Los impuestos y derechos aplicables que el pasajero tiene que pagar son tasas que imponen los gobiernos u otras autoridades o los operadores. Todos los impuestos, derechos y tasas van incluidos en el precio del billete. Así mismo, en caso de que algún impuesto, derecho o tasa que el pasajero ha pagado en el momento de la emisión del billete se haya eliminado o reducido de forma que ya no se aplique o tenga que pagarse una cantidad inferior, el pasajero no tendrá derecho a reclamar el reembolso del importe correspondiente.
3.7.- El precio del billete, los impuestos, los derechos y las tasas se pagan en la moneda del país en el cual se emite el billete, salvo que se indique otra moneda, antes o al momento de realizar el pago (por ejemplo, a causa de que la moneda local no es convertible). Se puede aceptar el pago en otra moneda a criterio de Cap a Mar.
B.- POLÍTICA DE REEMBOLSOS
1.1.- Solamente se reembolsará todo el billete o parte del mismo cuando la actividad programada haya sido cancelada por la compañía antes del momento de embarcar en los barcos. Ninguna otra circunstancia da derecho a la devolución del importe.
1.2.- El reembolso se efectuará del mismo modo que el cliente ha hecho el pago y a la persona el nombre de la cual figura en el billete o a la persona que lo haya pagado.
1.3.- El patrón de la embarcación tiene la potestad de anular la actividad al momento del encuentro con los participantes por condiciones meteorológicas desfavorables o cuando exista una predicción de condiciones adversas. En este caso se abonará el 100% del importe de la actividad o se emplazará al cliente para otro día.
1.4.- Dadas las características de la actividad pesquera, se respetarán escrupulosamente los horarios de embarque. No se esperará a los participantes que no se encuentren en el lugar y hora acordados previamente. En el supuesto de que los participantes se retrasen, no se devolverá el importe del billete.
1.5.- En el momento que el barco contratado para cualquier tipo de excursión haya partido de puerto se da por iniciada la actividad y ya no habrá derecho a reembolso, en el supuesto de que el patrón se vea obligado a cancelar o modificar la actividad contratada por causas meteorológicas o de seguridad.
1.6.- No se reembolsará el billete en caso de pérdida o robo, así como cuando la solicitud se realice después de que haya vencido la validez del billete.
C.- SEGURO
1.1.- La adquisición del billete para cualquier tipo de excursión en barco va acompañada de un seguro de accidentes personales.
1.2.- El sistema de identificación será el billete de compra.
1.3.- La cobertura alcanza el embarque, la navegación y el desembarque.
1.4.- Las características son:
Muerto por accidente: 30.000,00€.
Invalidez permanente por accidente: 60.000,00€.
Gastos de curación, rescate y traslado: 6.000,00€.
En cualquier caso, Cap a Mar queda exonerada de responsabilidad de cualquier riesgo no cubierto o cubierto insuficientemente en el contrato a buen seguro suscrito por la propiedad del barco.
D.- HORARIOS Y CANCELACIÓN DE EXCURSIONES
1.1.- En el momento de la compra del billete, el pasajero será notificado de la hora programada de la excursión o actividad en vigencia en este momento y esta hora es la que aparecerá en el billete. Es posible que se tenga necesidad de cambiar la hora programada después de la emisión del billete o incluso su cancelación, puesto que las actividades, al realizarse en el medio natural y con diferentes tipos de personas, están sometidas a posibles variaciones previas o in situ (condición física de los participantes, meteorología, posibilidad de peligro de la integridad física de los participantes, situación de la pesca…) Estos cambios no dan derecho a ninguna indemnización.
1.2.- Si el pasajero ha suministrado información correcta de contacto, la compañía se ocupará de notificarle estos cambios. Si después de que el pasajero haya comprado el billete, la empresa introduce un cambio significativo en la hora de la actividad programada que el pasajero no acepta y Cap a Mar no está en condiciones de venderle un billete en una actividad alternativa que le resulte aceptable, el pasajero tiene derecho a reclamar un reembolso.
1.3.-Cap a Mar tomará todas las medidas necesarias para evitar los retrasos en las excursiones y otras actividades contratadas. En la aplicación de estas medidas y con el objeto de impedir la cancelación, en circunstancias excepcionales, puede disponer de un barco similar al que haya sido contratado.
E.- NORMAS VISITAS AL PUERTO PESQUERO DE BARCELONA
· Respetar las normas de circulación y señalización de la vía.
· Ceder la preferencia de paso a la maquinaria que esté trabajando.
· Seguir las indicaciones de señalización de seguridad.
· No está permitido acercarse al muelle fuera del grupo.
· No está permitido acercarse a las zonas donde se estén realizando operaciones de carga y descarga o manipulando mercaderías con grúas, carretillas elevadoras, contenedores, si no se va acompañado del personal de la Cofradía de Pescadores de Barcelona.
· No está permitido acercarse a ninguna instalación eléctrica.
· No esta permitido acercarse en ningún caso a mercaderías.
· Se tendrá que llevar visible la identificación personal que haya estado facilitada.
· Existen zonas de acceso restringido.
· No está permitido fotografiar a los miembros de las embarcaciones, ni a las personas que se encuentren en la lonja sin su consentimiento exprés.
· El Puerto Pesquero, por cuestiones de normativa de salud e higiene alimentaria, prohíbe terminantemente tocar el pescado y el resto de los productos expuestos.
· En todo caso, los integrantes del grupo seguirán sin excepción cualquier indicación emitida por la Cofradía de Pescadores de Barcelona y el responsable de la visita.
F.- COMPORTAMIENTO EN LOS BARCOS
1.1.- La embarcación no volverá a puerto hasta que no acabe la jornada de pesca o excursión. El desarrollo de la actividad solo se modificará por causas meteorológicas o de seguridad, a criterio del patrón.
1.2.- Se seguirán estrictamente las indicaciones del patrón o de la persona encargada de la seguridad a bordo en cuanto a:
Uso de chalecos salvavidas y supuesto de abandono del buque.
Espacios y tareas restringidas durante las maniobras y la navegación.
Movilidad y manipulación de pescados y todos aquellos aspectos que afecten a la seguridad de los participantes en la actividad.
1.3.- Si, según nuestro razonable criterio, el comportamiento de los pasajeros a bordo pone en peligro la seguridad del barco o la de alguna persona o propiedad a bordo del mismo, obstaculiza el desempeño de la tripulación en el cumplimiento de sus funciones o no se ajusta a las instrucciones de la tripulación, incluidas, pero no limitadas en ellas, o provoca incomodidad, molestias, daños o lesiones a los pasajeros o a la tripulación, así como a cualquier propiedad, el patrón de la embarcación puede tomar las medidas que considere razonablemente necesarias para impedir la continuidad de tal comportamiento, incluidas medidas coercitivas. Los pasajeros pueden ser desembarcados en cualquier punto, negándose el transporte, y se puede interponer contra ellos una acción judicial por las infracciones cometidas a bordo del barco.
1.4.- El pasajero indemnizará a Cap a Mar, o en su caso, a la embarcación contratada por todos los costes incurridos por su conducta inadecuada a bordo del barco. Si fuera necesario un desvío a un lugar no programado a causa del comportamiento del pasajero, la resolución del asunto puede comportar la entrega del pasajero a los agentes de seguridad o autoridad legal en el punto de desvío.
1.5.- Si como resultado de la conducta del pasajero, la tripulación decidiera desviar el barco con el propósito de desembarcarle, el pasajero tendrá que pagar todos los costes y gastos incurridos, cualquiera que sea su naturaleza, como resultado, o que se derive, de este desvío. Si el pasajero causara cualquier tipo de daño o sus acciones causaran que Cap a Mar o a la embarcación contratada incurra en cualquier coste, la compañía le hará responsable de este coste, daño u otro tipo de responsabilidad incurrida. Cap a Mar o la embarcación contratada podrán requerir del pasajero los costes en los cuales haya incurrido como resultado de las presentes disposiciones, reservándose las acciones legales que estime convenientes para recuperar los mismos ante los Tribunales competentes.
1.6.- Está prohibido a los pasajeros el consumo de bebidas alcohólicas en los barcos cuando el alcohol haya sido suministrado por los pasajeros o terceras personas.
G.- VESTIMENTA Y OBJETOS PERSONALES
1.1.- Hay que llevar ropa adecuada y cómoda para pasar una jornada en el mar, especialmente en algunas de las excursiones. Se recomienda calzado de suela de goma que coja todo el pie, gorra con visera o sombrero. En determinadas épocas del año y en función de las condiciones meteorológicas también es aconsejable llevar una muda de ropa y al menos una pieza de abrigo impermeable.
1.2.- Los pasajeros no tienen que llevar a bordo de los barcos:
Objetos susceptibles de poner en peligro la seguridad del barco, de las personas o de los bienes a bordo.
Objetos que están prohibidos por las leyes o reglamentaciones aplicables en seguridad marítima.
Objetos que el patrón de la embarcación considera razonablemente inadecuado porque son peligrosos o inseguros a causa de su peso, tamaño, forma o carácter, o que son frágiles o perecederos teniendo en cuenta, entre otras cosas, el tipo de excursión o barco contratado.
1.3.- El patrón de la embarcación puede negarse a permitir subir a bordo de los barcos todo objeto que razonablemente no considere apto para ser transportado a causa de su tamaño, forma, peso, contenido y carácter, por razones de seguridad u operativas, o por la comodidad de los otros pasajeros.
1.4.- Está prohibido el embarque de cualquier tipo de animal o mascota (excepto perros de asistencia).
1.5.- Cap a Mar no asume responsabilidad alguna por ninguna pérdida o daño que afecte a cualquier objeto que el pasajero haya decidido subir a las embarcaciones ni sobre su vestimenta.
H.- ASISTENCIA ESPECIAL
1.1.- Las personas menores de edad tienen que contar con la correspondiente autorización o bien estar acompañadas por persona responsable (padre, madre o tutor/a legal). Se recomienda la actividad para mayores de 16 años.
1.2.- Los pasajeros con diversidad funcional como movilidad reducida, trastorno psicológico o sensorial, alergias alimentarias, mujeres embarazadas, personas enfermas u otras personas que requieren asistencia tendrán que contactar antes de sacar el billete con Cap a Mar, que estudiará cada caso en particular, con el fin de analizar si la actividad que se pretende contratar se ajusta a sus circunstancias particulares, comprometiéndose a hacer todo el posible para ofrecer la mejor solución. En caso contrario, la compañía se reserva el derecho de admisión.
1.3.- No se ofrecerán comidas especiales a bordo de los barcos diferentes a las cuales hayan sido contratadas. Así mismo se reserva el derecho de modificar los menús sin previo aviso a causa de la características especiales que concurren en la actividad en este caso no asumimos ninguna responsabilidad ante el pasajero.
1.4.- Se sugiere a los pasajeros con problemas de salud que consulten a un médico antes de realizar determinadas excursiones en barco, particularmente cuando se trate de jornadas de pesca de doce horas, y que tomen todas las medidas de precaución correspondientes.
1.5.- Si se sospecha que se puede sufrir mareo a bordo, se recomienda tomar algún medicamento para evitarlo, previo al inicio de la actividad.
1.6.- La asistencia especial no forma parte del contrato y Cap a Mar no asumirá ninguna responsabilidad si no cumple o no puede cumplir con esta solicitud y se reserva el derecho a denegar el embarque.
I.- DERECHO A DENEGAR EL TRANSPORTE
1.1.- El patrón de la embarcación puede negarse a embarcar al cliente por razones de seguridad o, aplicando su criterio razonable y en cualquier punto de la actividad, puede negarse a transportar pasajeros si se producen, o si razonablemente consideramos que pueden producirse, algunas de las siguientes situaciones y sin que exista la obligación de reembolsar el billete:
El pasajero no cumple con las leyes, los reglamentos o las disposiciones gubernamentales aplicables.
El transporte de pasajeros puede poner en peligro o afectar a la seguridad y la salud o afectar materialmente a la comodidad de los otros pasajeros o de la tripulación.
Si el estado mental y/o físico del pasajero, incluido los problemas ocasionados por el consumo de alcohol o drogas, supone un peligro o un riesgo para sí mismo, por los otros pasajeros y/o para la tripulación o para los bienes de los pasajeros o de la tripulación.
El pasajero ha utilizado palabras amenazantes, abusivas o insultantes y/o ha tenido un comportamiento amenazante, abusivo, insultante o indisciplinado hacia un miembro de nuestro personal o un miembro de la tripulación del barco u otros pasajeros.
El pasajero está, o el patrón del barco razonablemente cree que el pasajero está, en posesión ilegal de drogas o cualquier otra sustancia ilegal.
El pasajero ha puesto en peligro la seguridad del barco y/o de cualquier persona dentro del mismo o puede poner.
El pasajero ha cometido un delito durante cualquier fase del proceso.
El pasajero se ha comportado incorrectamente en una actividad anterior y se tienen motivos para creer que este comportamiento puede repetirse.
Si el pasajero se ha negado a acreditar debidamente su identidad.
El pasajero no ha pagado el precio del billete.
El pasajero no parece tener el billete en regla o se niega a presentarlo a la tripulación del barco o al personal de las actividades en tierra cuando se lo solicitan y/o tiene documentos caducados que no cumplen con los requisitos o reglamentaciones gubernamentales en vigencia o que son falsos, ya sea por usurpación de identidad o por falsificación de documentos.
1.2.- El billete presentado:
Ha sido adquirido ilegalmente o fue comprado a una compañía que no es Cap a Mar o que no tiene acuerdos con ella.
Se tiene información que se trata de un billete perdido, robado o falso.
El billete ha sido modificado o ha sido dañado.
1.3.- En el momento de embarcar el pasajero solicita una asistencia especial que no se había solicitado y confirmado previamente.
1.4.- El pasajero no ha respetado alguna de las instrucciones y disposiciones aplicables referidas a las cuestiones de seguridad.
1.5.- En el momento de presentar el billete el pasajero no puede demostrar que es la persona el nombre de la cual figura en el mismo.
J.- DATOS PERSONALES
1.1.- En la medida en que la ley aplicable lo permite, con el objeto de realizar una reserva el pasajero autoriza a Cap a Mar a conservar todos los datos personales que ha suministrado para la emisión del billete. Además, la compañía está autorizada a transmitir tales datos a los proveedores de los servicios contratados.
1.2.- Cap a Mar se reserva el derecho de utilizar fotografías tomadas durante el desarrollo de las actividades para su posterior uso exclusivo para marketing de la empresa. Las persones participantes que no deseen ser fotografiadas tienen que indicarlo antes de iniciar la actividad o vía correo electrónico a info@capamarbcn.com.
K.- DISPOSICIÓN FINAL
1.1.- Ningún agente, empleado, representante o proveedor de Cap a Mar tendrá autoridad para alterar, modificar o hacer renuncia de cualquier de las formas de las disposiciones de este contrato o de las condiciones generales.
1.2.- Con la compra del billete se da por hecho la asunción por el cliente de todos los apartados que configuran las presentes Condiciones Generales.